Importante paso hacia delante en el seno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT): entrada en vigor del Convenio N.190, sobre la violencia y el acoso

Vie, 25/06/2021 - 13:24
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25/06/2021
Imagen de uno de los patios del Hospital Real donde en el centro se encuentra una estatua

Comentario realizado por María García Valverde, Subdirectora del Instituto de Migraciones

Se trata del primer tratado internacional sobre esta materia. El 25 de junio de 2021, después de dos años desde su aprobación, ha entrado en vigor el Convenio sobre la Violencia y el Acoso. Lo “triste” es que sólo seis países lo han ratificado (Argentina, Ecuador, Fiji, Namibia, Somalia y Uruguay). Con el fin de promover su ratificación y aplicación, la OIT ha puesto en marcha una campaña mundial. Debemos recordar el lento “camino” (aprobación en la Conferencia General, ratificación individual por cada estado miembro y espera de un período para entrar en vigor, principalmente) que debe recorrer un Convenio aprobado en el seno de la OIT hasta su aplicación y cumplimiento en cada estado miembro. Además, no podemos olvidar, los “débiles” mecanismos de control existentes ante un incumplimiento de las normas (Convenios) aprobadas y ratificadas en estos ámbitos.

Es preciso traer a colación las definiciones (artículo 1) que señalan, para el ámbito del trabajo, el texto del Convenio sobre, primero, «violencia y acoso» (incluye un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género) y, segundo, sobre «violencia y acoso por razón de género» (es la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual).

La violencia y el acoso en el trabajo adoptan diversas formas y causan un daño físico, psicológico, sexual o económico. Ello se ha podido comprobar más aun durante la pandemia de Covid-19. Las mujeres y los grupos vulnerables son los principales destinatarios de dicha violencia.

Junto al Convenio también se han adoptado la Recomendación n. 206, sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, y la Resolución, relativa a la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo. Todos estos documentos fueron aprobados en la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, congregada en su 108.ª reunión celebrada en junio de 2019, cuando se conmemoraba el centenario del nacimiento de la OIT.

En breve la OIT publicará una guía destinada a ayudar a los gobiernos, a los agentes sociales y otras partes interesadas a promover y aplicar el Convenio y la Recomendación.

Texto del Convenio

Una recopilación del Convenio, Recomendación y Resolución